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La Junta concede seis meses para la adaptación digital del Documento de Acompañamiento al Transporte

La Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía ha concedido una prórroga de seis meses para la adaptación digital del Documento de Acompañamiento al Transporte (DAT), una medida con la que se pretende garantizar el control y la seguridad de los alimentos que llegan a los consumidores.



El DAT deberá incluir como mínimo la identificación y domicilio del suministrador, las características principales del producto, en particular la calidad, naturaleza, origen, composición, utilización, finalidad, designación, denominación, categoría, fecha de producción o caducidad, instrucciones de uso, condiciones de producción y distribución, el nombre, dirección e identificación de la persona fabricante, y el detalle correspondiente a la certificación, en su caso.

Por otra parte, el DAT deberá acompañar al traslado de los productos sin transformar obtenidos de las explotaciones agrícolas, forestales y agroforestales, desde la unidad de producción de origen hasta el lugar de almacenamiento o su primer destino de comercialización. Se excluyen expresamente de esta obligación los productos de la producción primaria de ganadería, caza, pesca y acuicultura y otros. La obligación se mantendrá en las operaciones de transporte de productos entre unidades de producción de la misma explotación que no guarden continuidad geográfica.

El DAT deberá ser aportado en cualquier momento del transporte, a requerimiento de un agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones. Una vez que la mercancía haya llegado al primer destino para su comercialización o almacenamiento, el DAT será entregado a la persona destinataria de la misma que deberá conservar el documento o copia del mismo, a disposición de la autoridad competente, durante un plazo mínimo de 5 años contados a partir del día siguiente al de la entrega.

Beneficios del DAT

Además del conocimiento de las distintas situaciones productivas, de las que puedan derivarse acciones de intervención en materia de seguridad alimentaria, el Registro facilitará la trazabilidad como una herramienta imprescindible en situaciones de alerta alimentaria a la hora de localizar el origen de partidas y facilitar una rápida reacción, ya que permite seguir un alimento a través de todas las fases de producción, transformación y distribución.

Para asegurar dicha trazabilidad en los alimentos procedentes de los sectores agrario y forestal que carezcan de guía específica, el Documento de Acompañamiento de Transporte servirá para acreditar el origen y destino del producto. La implantación de este Documento supondrá un cambio sustancial en la forma de organizar y controlar el transporte de este tipo de productos, mejorando la seguridad alimentaria y la trazabilidad de las producciones.

Igualmente, permitirá realizar el seguimiento de un producto agrícola, ganadero o forestal destinado a la cadena agroalimentaria en la fase de transporte desde la explotación a su primer destino de manipulación, almacenamiento o transformación, fundamental en caso de detección de peligros, para localizar el origen de partidas y facilitar una rápida reacción en caso de contaminaciones de origen alimentario. También acredita la legítima procedencia y destino en su transporte.

REDACCIÓN / ANDALUCÍA DIGITAL
FOTOGRAFÍA: I. TÉLLEZ